miércoles, 23 de marzo de 2011

EL MODELO ECONOMICO DE LA UNION EUROPEA: LA ECONOMIA SOCIAL DE MERCADO

LUIS W. GALLEGOS MOLINA. Economista y abogado. Especialista en temas de desarrollo regional. Coordinador del Area de Estudios e Investigación Económica del IESC.

El 13 de diciembre del año 2007, cuando en el marco del Monasterio de los jerónimos en Lisboa, los dirigentes de la Unión Europea suscribieron el “Tratado de Lisboa”, se puso fin a uno de los períodos mas difíciles por los que ha atravesado el esfuerzo unionista desde sus inicios allá por 1959.
Con la firma de ese tratado se puso término a una etapa de incertidumbre (“crisis institucional europea”), iniciada con el resultado negativo obtenido en Francia en mayo del 2005, respecto  a la aprobación de la Constitución Europea, a partir de ese entonces la Unión parecía entrampada en escenario que tornaba difícil la consolidación de los esfuerzos hasta allí realizados en pos del objetivo final: la unión política de los estados europeos. Pero sucedía algo mas grave aún, la médula de la unión, sus acuerdos de integración económica y los principios que han venido sosteniendo progresiva y firmemente la construcción de las políticas europeas armónicas corrían grave riesgo al no haberse podido consagrar, de manera formal  el modelo económico contenido en la Constitución europea. Un modelo que se había ido  forjando a lo largo de los años, a través de sucesivos ajustes en el proceso de la integración económica que tenían como objetivo compatibilizar y armonizar las políticas económicas de la Unión. Concretamente, existía el riesgo,  de que la economía social de mercado como concepto directriz de la política económica comunitaria aceptado e incorporado por los Estados de la Unión, de manera explícita, en un instrumento normativo comunitario fuese relegado y sustituido por fórmulas directamente emparentadas con el estilo de la economía de mercado angloamericana, que desde la caída del muro de Berlín pretende constituirse en el modelo económico único que, de manera hegemónica, ordene y encauce el proceso de globalización económica mundial.
Con el Tratado de Lisboa, los mandatarios de los países firmantes (27) expresaron claramente su voluntad de llevar a Europa al siglo XXI, consolidando los logros que en lo político y económico ha ido alcanzando el proceso integrador, logros que en la esfera económica habían estado vinculados directamente a la construcción de un orden económico que relacionara un crecimiento productivo con con equidad en la distribución, capaz de conjugar la justicia y la competencia con la solidaridad. En ese sentido con el Tratado de Lisboa 2007, gestado bajo la presidencia alemana (primer semestre del año 2007), la economía social de mercado como concepto singular de orden económico, capaz de permitir la configuración de una organización económica y social que expresaba esas características y que a la vez constituía una alternativa  superior a la propuesta liberal de ordenamiento, salió fortalecida, con su institucionalización formal como  “el modelo económico de la Unión Europea, tal como ha sido consagrado en este tratado.

Evolución  económica de la UE

La posguerra en Europa, fue el escenario en el que dos grandes corrientes avanzaron, retrocedieron y a veces colisionaron en el proceso de reconstruir los estado europeos con equidad y con crecimiento económico, aquello que el canciller alemán Erhard denominó “bienestar para todos”: por un lado, la solidaridad y la igualdad social, y por el otro la disciplina fiscal y la eficiencia económica. En occidente, y particularmente en Europa, las raíces históricas de estas corrientes son profundas. La solidaridad emergió de un deseo ampliamente generalizado de paz y cohesión social inspiradas en los valores cristianos que se encuentran en los cimientos de la sociedad europea, así como, en el sustento fáctico que le proporcionaban  las políticas de asistencia social de fines del siglo XIX, las lecciones  del caos sociopolítico de la primera mitad del siglo XX que culminó en la segunda guerra mundial, y la relativa homogeneidad cultural de las poblaciones europeas. La disciplina, como el reverso de una misma moneda, paradójicamente, hunde sus raíces en los mismos factores.
El caso mas ilustrativo en la interacción dinámica de estos principios como configuradores del orden económico y social, es el de Alemania (la cuna de la economía social de mercado), cuyo firme deseo de estabilidad monetaria y económica y de protección social se remonta a la devastadora hiperinflación que a principios de los años veinte destruyó la economía y la sociedad en ese país. Esta corriente doble llevó a muchos países a crear sistemas de seguridad social amplios con un régimen de reparto, que atendían el gasto social dentro de un marco disciplinado y autofinanciado. Este sistema redistributivo, aunado a las positivas tradiciones corporativistas de Europa, y a diversas expresiones de “alianza social”, afianzaron la estructura en todos los estratos de la sociedad europea
La solidaridad y la disciplina han sustentado la integración europea durante la posguerra, y la solidaridad fue ha sido la columna fundamental. Tras dos guerras mundiales desastrosas, esos elementos fueron los que impulsaron la eliminación de las barreras y la mejora de los niveles de vida a través de la convergencia real de los Estados.
La creación de la Unión Europea se remonta a la Comunidad Europea del Carbón y del Acero (1952), seguida del Tratado de Roma (1957), que estableció la Comunidad Europea (una unión aduanera con aranceles externos y política agrícola comunes), y del Acta Única Europea (1986), que comprometió a todos los miembros a crear un solo mercado de bienes, servicios, capital y mano de obra.
Con el tiempo, el impulso integrador quedó equilibrado por una disciplina mas estricta, evidenciado quizá mas por las estructuras institucionales ideadas para dar estabilidad financiera y de precios a toda la Unión, lo que se conoce como convergencia nominal. En un principio la disciplina monetaria provino del sistema cambiario de Bretton Woods, pero cuando este se derrumbó a principios de los años setenta, hubo que buscar frenéticamente otra ancla nominal y así nació el Sistema Monetario Europeo (SME) a fines de esa década. Su mecanismo de tipo de cambio limitaba las fluctuaciones cambiarias entre los países participantes, y Alemania se impuso como el ancla nominal indiscutible. Sin embargo las constantes divergencias nominales y la presión cambiaria que producían dentro de su mecanismo de tipos de cambio pusieron  de manifiesto la necesidad de mayor convergencia en las políticas macroeconómicas. El momento decisivo fue cuando la liberalización de la circulación de capitales y la unificación alemana hicieron que el mecanismo de tipo de cambio entrara en crisis en 1992, lo cual apresuró la ratificación del Tratado de Maastrich  (1993) y la Planificación de la Unión Económica y Monetaria  (UEM). A partir de ese momento, que marca el inicio de la profundización del esquema integrador en lo económico, además de los criterios cambiarios, los posibles nuevos miembros debían cumplir con otros criterios de convergencia nominal, vinculados básicamente a los temas de inflación, déficit fiscal y deuda pública. Las normas fiscales del Tratado quedaron plasmadas en reglamentos conocidos como el Pacto de Estabilidad y Crecimiento (PEC). A comienzos de 1999, como evidencia del surgimiento del nuevo orden económico comunitario ( la economía social de mercado), once miembros de la Unión Económica y Monetaria fijaron decididamente sus tipos de cambio y adoptaron el euro como moneda única, y el flamante Banco Central Europeo (BCE) asumió la dirección de una política monetaria global, única para todos los Estados miembros de la Unión.             

Economía social de mercado como modelo

A lo largo de la evolución económica de la UE, han estado presentes, desde un primer momento, implícitos en las políticas económicas generales de los estados miembros, los principios del modelo (orden) de la economía social de mercado. Principios como la competencia, estabilidad monetaria, subsidiariedad, propiedad  y la solidaridad, han presidido, con distintos énfasis y matices, las políticas económicas de los países que conforman la Unión. Empero, al no existir un política económica comunitaria, ello ha permitido que en mas de una ocasión se hayan tomado medidas contradictorias entre los Estados miembros.  
A principios de la década de los noventa y más concretamente, a partir de la entrada en vigencia del Tratado de Maastrich, -que le añadió una nueva fase al proceso de integración económica de la Unión: la Unión Económica y Monetaria-, en el contexto de un intenso proceso de globalización los europeos sintieron la necesidad imperiosa de formular principios conjuntos de política económica, de manera explícita.
No obstante, la construcción de esos principios configuradores de un orden global europeo, no fue tarea fácil, las  tradiciones de algunos países europeos, expresaban diversos estilos de economía de mercado (en términos de Müller Armack), por un lado existía el sistema francés con fuertes elementos de una economía centralizada. Por otro lado, existía la variante angloamericana – economía de mercado liberal- implementada casi al cien por ciento en la Inglaterra de Margaret Thatcher y  finalmente, en este panorama de las concepciones de orden o modelos económicos europeos, existía la tradición alemana de la “economía social de mercado” de Ludwig Erhard y Alfred Müller Armack, que se basa en el ordenamiento político- económico del mercado y la competencia así como de una intensa política social redistributiva ( igualdad de oportunidades).
En este contexto, de diversos estilos de economía de mercado, y con la impostergable e ineludible necesidad de armonizar y compatibilizar sus políticas económicas nacionales, el Parlamento Europeo solicitó consejo técnico y para este propósito se creó la “Iniciativa de Bruselas” (1994), entidad que estaba constituida por una asociación de profesores universitarios, economistas, y políticos y su objetivo era la concepción de una política económica adecuada para la Unión Europea. En octubre del año 2000, este grupo de trabajo, presentó sus ideas principales sobre la “economía social de mercado” en el documento denominado “Declaración de Praga”. Este trabajo fue complementado por una iniciativa de obispos alemanes y polacos que exigieron mediante un documento denominado la “Declaración de Külz” que el concepto de economía social de mercado fuese considerado como visión de política económica en el Tratado de la Unión Europea. Tiene este hecho, a nuestro juicio, su antecedente en el documento socio- pastoral titulado “Para un futuro en Solidaridad y Justicia” que en 1997, emitieran en forma conjunta la “Iglesia Evangélica Alemana”(EKD) y la “Conferencia Episcopal Alemana, en el cual se expresa que “la economía social de mercado” es uno de “los elementos para una sociedad con futuro”. Adicionalmente a ello, ya en un franco proceso de definición del modelo (orden) económico de la Unión, el año 2001, en el marco de las discusiones anuales  del Parlamento Europeo, acerca de las “directrices político económicas” propuestas por la Comisión, se presentó el denominado “Informe Wogau” que sostiene que la economía social de mercado debía convertirse en directriz de la política económica de la Unión Europea. Definiéndose en dicho documento como principios fundamentales de la economía social de mercado, la libertad y la democracia, la competencia, estabilidad monetaria, subsidiariedad, propiedad privada y solidaridad, los mismos que de acuerdo a la experiencia histórica  habían cimentado eficazmente a la economía social de mercado en la República Federal de Alemania y que dieron origen al llamado “milagro económico alemán” de los años cincuenta en el pasado siglo XX.
Así tenemos que, en el largo camino recorrido por la “economía social de mercado” o “modelo renano” (denominación acuñada por Michel Albert) ,  en el proceso de constituirse en el modelo (orden) económico de la Unión Europea, esta ha ido alcanzando, progresivamente un mejor posicionamiento en el ámbito de la normatividad que regula en la organización y funcionamiento de la Unión, hasta llegar en su historia reciente, a ser parte del contenido central, de los valores de la frustrada “Constitución Europea”. Esta Carta instituía a este tipo de “orden económico” como el orden que, consensualmente  asumían los estados integrantes de la Unión para la construcción y coordinación de las políticas económicas nacionales, las cuales debían ser armonizadas y comprendidas en una política económica global europea de un solo molde o un solo sello.
Finalmente, pero como signo de madurez y de la clara visión y determinación de los estadistas europeos, en el contexto de aparente debilitamiento del modelo económico definido para la Unión Europea, -ante el hecho temporal y real de no poder contar, en el corto plazo, con un texto constitucional para la Unión-, decidieron su inclusión como norma obligatoria para todos los Estados miembros de la Unión a través del Tratado de Lisboa 2007, anteriormente referido. Así el texto de este Tratado, en su artículo 2º, numeral 3, establece:
“3. La Unión establecerá un mercado interior. Obrará en pro del desarrollo sostenible de Europa basado en un crecimiento económico equilibrado y en la estabilidad de precios, en una economía social de mercado altamente competitiva, tendente al pleno empleo y al progreso social, en un nivel elevado de protección y mejora de la calidad del medio ambiente.
Asimismo, promoverá el progreso científico y técnico.
La Unión combatirá la exclusión social y la discriminación y fomentará la justicia y la protección sociales, la igualdad entre mujeres y hombres, la solidaridad entre las generaciones y la protección de los derechos del niño.
La Unión fomentará la cohesión económica, social y territorial y la solidaridad entre los Estados miembros (…)”   
La norma reseñada establece que, en el corto plazo, la política económica de la Unión Europea persigue un crecimiento económico que sea compatible con el adecuado funcionamiento del mercado único, altamente competitivo, sujetando ello a que exista estabilidad de precios, que se mantenga saneado el presupuesto del sector público (los “sectores públicos” de los Estados miembros de la Unión ya que el presupuesto de la UE legalmente no puede tener déficit) y equilibradas las cuentas del exterior (un saldo de la cuenta corriente de la balanza de pagos tendente a cero). En el largo plazo, los objetivos comunitarios, dentro del modelo económico adoptado, aspiran a un crecimiento sostenible, no inflacionario y generador de puestos de trabajo, con elevada protección social y  con políticas que fomenten de modo sostenido la cohesión económica y social, así como un compromiso especial con la mejora continua de la calidad del medio ambiente.


Modelo y evolución de la economía de la UE

El modelo económico comunitario, cuyos conceptos básicos hemos apenas bosquejado, cuenta con una experiencia histórica todavía muy corta para sacar conclusiones que podríamos llamar definitivas. No obstante, como resultado del esfuerzo de armonización de las políticas económicas nacionales y una concepción uniforme del marco conceptual para el diseño de las políticas económicas (la economía social de mercado) se puede decir que la Unión Económica y Monetaria se encuentra funcionando adecuadamente y que existe una estabilidad macroeconómica sólida, lo cual es sumamente importante en momentos que nos encontremos ad portas del inicio de una fase recesiva  de la economía internacional (por las señales que viene produciendo la economía norteamericana).  Se puede sostener, que esa estabilidad macroeconómica, se ha producido gracias a la directriz de la política económica, en los aspectos que son controlados directamente por los organismos supranacionales de la Unión. Es el caso de las políticas monetarias y cambiarias, o incluso en el caso de un instrumento que es controlado indirectamente por la Unión, como es la política presupuestaria, debido al respeto a las normas de disciplina y equilibrio en el gasto estatal. Se agrega a ello los resultados espectaculares de la Unión en materia de empleo, pues según las estadísticas oficiales de la Comisión Europea, en los dos últimos años se habrían creado seis millones y medio de nuevos puestos de trabajo, previéndose, además, para los próximos dos años la creación de cinco millones de nuevos empleos, logrando con este desempeño que el desempleo en la Unión caiga por debajo del 7% en el 2008, el nivel más bajo desde mediados de los años 80.  Sin embargo, pese a estos logros que garantizan la estabilidad de la economía comunitaria, el modelo siendo una construcción que aún se encuentra en proceso.
Por el propio hecho de que la Unión es todavía un proceso, adolece de ciertas limitaciones que es necesario señalar y criticar, las cuales deben ser enfrentadas y superadas en el corto plazo, para no debilitar el modelo endógenamente. Estas críticas están referidas al fortalecimiento de la institucionalidad operativa del modelo, a diferencia de las críticas del modelo comunitario, provenientes del sector liberal angloamericano, referidas casi exclusivamente a necesarias  reformas en el sector laboral y en los sistemas de protección social, vinculadas netamente al crecimiento económico, pero no a la equidad.  
A nuestro juicio, resulta crucial para el modelo comunitario superar dos graves limitaciones: por un lado, la ausencia de una única y real autoridad económica; y por otro lado, la falta de recursos financieros públicos. La primera de las limitaciones del modelo económico es de carácter político. Esta, tiene un doble aspecto, por un lado la carencia de autoridad política supranacional que actúe con una sola voz y con un solo voto en los foros económicos internacionales y que con mayor autoridad y vigor impulse la política económica comunitaria; y por el otro, la necesidad de suprimir de una vez la regla de la unanimidad del Consejo en todos los actos legislativos que afecten los aspectos económicos. La segunda grave limitación con la que se enfrenta el modelo económico comunitario es de carácter financiero. Esta limitación tiene su origen en la carencia de recursos financieros suficientes para acometer sus funciones  y de las dificultades legales –que persisten en el Tratado de Lisboa- para realizar modificaciones en profundidad en las estructuras de la economía comunitaria. De no producirse un acuerdo entre los Estados miembros, los recursos presupuestarios no pueden ser modificados con lo cual existe un factor de rigidez para aumentar los ingresos que actúa como “cuello de botella” para el avance de la integración económica que permita cristalizar los logros indicados en el concepto mismo del modelo, tal como se ha indicado.
Finalmente, en el escenario que nos ofrece la actual coyuntura económica internacional, podemos afirmar que resulta claro que el modelo económico, a principios del año 2008, enfrenta su mayor desafío reciente, ante la aparente culminación del ciclo expansivo de la economía mundial, pues tanto las turbulencias en los mercados financieros, la desaceleración de la economía estadounidense y la continua subida del precio del petróleo, siendo variables exógenas al modelo, pueden impactar negativamente en su funcionamiento y los resultados globales que este produzca. No obstante, para aquellos que observamos con simpatía y expectativa el proceso unionista europeo, lo fundamental consiste en comprender que la previsible desaceleración de la economía mundial y europea (de tan buenos resultados en el último trienio), cuyos indicios ya se pueden apreciar en los indicadores económicos de la Unión del año 2007 (ver Cuadro Nº 1), -a pesar del auge económico alemán-, obedece a razones que no provienen del modelo económico, pero que, tal como lo expresara recientemente Joaquín Almunia, Comisario Europeo de asuntos Económicos y Monetarios, los sólidos logros económicos de la comunidad pueden permitir absorber y remontar, consolidando simultáneamente el modelo económico de la unión europea, la economía social de mercado.
          
Cuadro Nº 1
Índices Económicos de la Unión Europea


2005
2006
2007
PIB Real (var %)
1,6
2,9
2,6
Consumo Privado (var %)
1,6
1,9
1,4
Inversión (% del PIB)
20.3
21.1
21.6
Exportaciones (var %)
4,7
8
6,3
Importaciones (var %)
5,5
7,6
5,7
Cuenta Corriente (% del PIB)
-0.2
-0.7
-1
Inflación (var %)
2,2
2,2
2,1
Fuentes: JP Morgan, FMI

Gráfico Nº 1
Crecimiento del PIB Euro Área

Fuentes: FMI, JP Morgan
Gráfico Nº 2
Inflación en Euro Área

Fuentes: FMI, JP Morgan

Referencias Bibliográficas

1)      FERNANDEZ, D.: “Modelo Económico de la Unión Europea: Fundamentos y limitaciones”, Información Comercial Española. Revista de Economía, 828, enero- febrero del 2005, páginas 11-32, Madrid.
2)      FONDO MONETARIO INTERNACIONAL: “La Encrucijada Europea”, Finanzas y Desarrollo. Revista de Economía, junio del 2004.
3)      FUNDACION KONRAD ADENAUER: “ Economía Social de Mercado en la Unión Europea”, Diccionario de Economía Social de Mercado. Mexico, 2004.
4)      STROTMANN, NORBERTO: “Economía Social de Mercado: Doctrina y Principios”, Libro “teología y Pensamiento Social 3”, enero 2006, Lima.
5)      UNION EUROPEA: Tratado de Lisboa 2007, Modifican el Tratado de la Unión Europea y el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea.

Publicado en ACTUALIDAD INTERNACIONAL, Año 2, Nº2, Lima –Abril 2008.

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